Micelio
Auto22 de abril de 2026

A-510 de 2026

Tema · dato duro
Recurso De Súplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad. Se Rechaza Por Incumplimiento De La Carga Argumentativa
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el escrito de subsanación no corrigió las deficiencias advertidas en el auto de inadmisión.

Encontró la Sala Plena de la Corporación que el recurso impetrado incumplió con el requisito de carga argumentativa y, por eso, decidió RECHAZARLO por resultar improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente, por no cumplir con el requisito de carga argumentativa , el recurso de s�plica presentado por el ciudadano Elson Rafael Rodrigo Rodr�guez Beltr�n dentro del expediente D-17.211
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Ejecutoriada esta decisi�n, ARCHIVAR el expediente D-17.211 Notif�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado No participa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente D-17211, Corte Constitucional, demanda, pp. 1-4. [2] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� pp . 3-4. [3] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� pp . 4-5. [4] El ciudadano tambi�n manifiesta el desconocimiento del precedente de la sentencia SU-288 de 2022. [5] Id. [6] En el escrito de correcci�n de la demanda, el ciudadano se�ala que la sentencia C-007 de 2016 preciso que las leyes asimilacionistas son inconstitucionales. [7] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� pp . 7-9. [8] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� pp . 9-11. [9] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� p .11. [10] Asimismo, el ciudadano se�al� que bajo los criterios de la sentencia C-623 de 2015 la propiedad ind�gena tiene un car�cter reforzado. [11] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� p. 11-13. [12] Expediente Digital D-17211, archivo �Demanda�� pp . 13-14. [13] Expediente Digital D-17211, archivo �Acta de Reparto-Sesi�n Sala Plena 28 de enero de 2026.� [14] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que inadmite la demanda� pp . 1 y 3. [15] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que inadmite la demanda�� pp . 5-9. [16] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que inadmite la demanda� pp . 9-10. [17] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que inadmite la demanda� pp . 10-13. [18] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que inadmite la demanda� p. 13. [19] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda� p. 1. [20] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda� pp . 1-3. [21] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda�� pp . 2-4. [22] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda�� pp . 4-5. [23] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda� pp . 5-6. [24] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda� pp . 6-9. [25] Expediente Digital D-17211, archivo �Correcci�n a la demanda� pp . 8-10. [26] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que rechaza la demanda� [27] Expediente Digital D-17211, archivo �Auto que rechaza la demanda� p. 9 [28] E xpediente digital D-17.211, archivo �Recurso de S�plica�. [29] E xpediente digital D-17.211, archivo �Recurso de S�plica�. p. 2 [30] Corte Constitucional, Ver Autos 759 de 2018, 025 de 2021 y 126 de 2023. [31] Corte Constitucional, Auto 263 de 2016 y Auto 292 de 2020. [32] Corte Constitucional, Acuerdo 01 de 2025, art�culo 49, numeral 1 �El recurso de s�plica deber� interponerse dentro de los tres (3) d�as siguientes a la notificaci�n de la providencia objeto de �l� [33] En este sentido, el Auto 225 de 2017 de la Corte Constitucional, que reitera lo se�alado en el Auto 114 de 2004 y el Auto 196 de 2002, �la exposici�n realizada por el demandante debe atender un deber m�nimo de diligencia consistente en efectuar un razonamiento mediante el cual la Sala Plena pueda constatar el yerro, el olvido o la actuaci�n arbitraria que se endilga del Auto de rechazo�. [34] Corte Constitucional, Auto 232 de 2018, reiterado en el Auto 085 de 2021. [35] Ver autos Corte Constitucional, A-236 de 2017 f.j. 5 y A-025 de 2021, f.j. 3 y nota el pie 9. [36] Corte Constitucional, Auto 046 de 2020. [37] Corte Constitucional, Auto 075 de 2025. [38] Corte Constitucional, Autos 586 de 2016, 600 de 2016, 242 de 2020, 025 de 2021, 016, 655 y 2879 de 2023. [39] E xpediente digital D-17.211, archivo �Informe al Despacho�. [40] Cfr. E xpediente digital D-17.211, archivo ��Recurso de S�plica�. p. 3 [41] Cfr. E xpediente digital D-17.211, archivo ��Recurso de S�plica�. p. 3 [42] La Corte ha explicado que el ciudadano tiene �la carga de corregir las falencias advertidas en los autos de inadmisi�n y rechazo� cuando presente una nueva demanda. Cfr. Sentencia C-423 de 2023. [43] Corte Constitucional. Autos 006 de 2019, 016 y 476 de 2023 y 1831 y 1236 de 2024.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.